domingo, 7 de noviembre de 2010

Ley 3567 - ¿Cómo defenderse ante injustas multas por excesos de velocidad?

Es habitual que la Administración disponga sin previo aviso modificar los límites de velocidad en determinadas arterias de la Ciudad.
Recordemos el caso del puente del Ferrocarril San Martín y Mitre sobre la Av. Figueroa Alcorta donde la velocidad se reducía a 40 km/h (ver fotografía y noticia).- 
Casualmente, esa modificación viene acompañada de la conocida camioneta del Gobierno ó de la instalación de cámaras cuyo objeto es obtener las conocidas fotomultas.
Recientemente, el 1ro. de Noviembre se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad -ver- la ley 3567 que reforma el art. 6.2.8 del Código de Tránsito de la Ciudad (Ley 2.148).
Esta ley establece ahora la obligación para el Gobierno que, cuando se modifiquen los límites de velocidad en zona determinada, ello sea señalizado correctamente y con una antelación suficiente para que la nueva norma pueda ser cumplida.
Asimismo, ello también deberá ocurrir en:
- establecimientos escolares, deportivos y de gran afluencia de público;
- en arterias colectoras y;
- en todo otro supuesto donde la autoridad de aplicación lo estime modificar los límites usuales para el tipo de arteria.


Esto es un derecho del conductor que puede y debe hacer valer ante el Controlador de Faltas.
Si fuere el caso que el Controlador decide, arbitrariamente, rechazar esos planteos, existe la posibilidad de solicitar la intervención de un Juez para que atienda sus argumentos y las pruebas en que se funde que, para el caso, consisten en fotografías del lugar de la falta.


Debemos remarcar que las multas en estos supuestos de faltas tienen un valor que oscila entre los $ 180 y $  1.800 (arts. 6.1.28 Ley 451).-


Es conveniente que los conductores sepan que para el caso que quieran acudir ante el Juez deberán contar con un tiempo de aproximadamente 3 meses hasta la resolución final de la causa.  


Ello adquiere particular relevancia por cuanto es usual que los ciudadanos recién tomen conocimiento de las faltas cuando necesitan vender el auto, recuperar ó renovar su licencia de conducir;  en todos estos casos la urgencia es una necesidad imperiosa y es utilizada por el Controlador para obligar a pagar las multas y evitar que los conductores las discutan.


Por tal motivo, es conveniente que cada tanto verifique en el sitio online de Consulta de Multas el estado de su vehículo por infracciones y se defienda de un modo inteligencia frente al Gobierno.  


Para más información, consulte en www.chauinfracciones.com

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